Denuncias y reportes de sintonía

Puede hacernos llegar su reporte o denuncia sobre la programación que brinda el SINART en sus medios de comunicación, o también por la disconformidad en el trato recibido de parte de personal del SINART en la gestión de asuntos relacionados con la empresa.

La Contraloría de Servicios promueve el objetivo del SINART de “garantizar el derecho de la ciudadanía a recibir información veraz e independiente y contenidos de calidad diversos, plurales y participativos, con enfoque de Derechos Humanos, y respetuosos de los derechos fundamentales y garantías constitucionales de sus televidentes, oyentes y personas usuarias de medios interactivos. Asimismo, como medio público, el SINART tiene la responsabilidad de rendir cuentas sobre su desempeño y funcionamiento en el cumplimiento de los objetivos y principios que lo rigen.” (Manual de Estilo de los Medios del SINART S.A. Pag. 7)

El reporte o denuncia que presente mediante la Contraloría de Servicios, tendrá un trámite expedito y se pondrá en conocimiento del área que corresponda para brindarle una respuesta en el plazo que establece el Reglamento de la Contraloría.

  • Para la presentación de reportes y denuncias se debe tener en cuenta lo siguiente:
  1. La denuncia o reporte podrá ser presentado de forma escrita en el formulario antes indicado. Se puede entregar personalmente en la oficina de la Contraloría de Servicios en la Uruca, o remitirla electrónicamente al correo oficial de la Contraloría: contraloriadeservicios@sinart.go.cr.
  1. Debe indicar nombre y calidades del interesado, con indicación de lugar o medio apto para recibir comunicaciones.
  1. Relato detallado de los hechos que originan la solicitud de intervención de la Contraloría.
  1. Información y documentos probatorios, si los hubiera, o bien indicar la oficina o persona en donde puedan solicitarse.
  1. Indicación del objetivo esperado de la intervención de la Contraloría de Servicios.
  1. La Contraloría de Servicios brindará respuesta a la persona interesada en el transcurso de los diez días hábiles siguientes a la fecha de presentación del requerimiento. En casos de alta complejidad que requieran de la Administración mayor tiempo para responder, se le deberá comunicar y justificar la extensión del plazo.

DATOS DE CONTACTO: David Zúñiga Morales, Contralor de Servicios. Correo: contraloriadeservicios@sinart.go.cr Teléfono: 2290 0689 Dirección: Oficina en edificio SINART, 1 km oeste del Parque de Diversiones.


►La Contraloría de Servicios y los derechos de las personas usuarias o clientes La Contraloría de Servicios del SINART se fundamenta en la Ley 9158 – Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios- y en el Reglamento de la Contraloría de Servicios del Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A. Las contralorías de servicios se establecen en la institucionalidad costarricense para:

  • Garantizar los derechos de las personas usuarias respecto de los servicios que reciben de entidades públicas o empresas privadas que brindan servicios públicos.
  • Establecer la obligación de las entidades y empresas en la promoción de políticas de calidad en la prestación de los servicios, el cumplimiento de estándares de calidad y de los procesos de mejoramiento continuo.
  • Establecer procedimientos mínimos para las gestiones de las personas usuarias de los servicios ante las contralorías de servicios.
  • Contribuir con la formación de una cultura de participación de las personas usuarias en el proceso de prestación, mejoramiento continuo e innovación de los servicios.

► Naturaleza de la Contraloría de Servicios. “La contraloría de servicios será un órgano asesor, canalizador y mediador de los requerimientos de efectividad y continuidad de las personas usuarias de los servicios que brinda una organización. También apoya, complementa, guía y asesora a los jerarcas o encargados de tomar las decisiones, de forma tal que se incremente la efectividad en el logro de los objetivos organizacionales, así como la calidad en los servicios prestados. (Art.11, Ley 9158) “Las contralorías de servicios ejercerán sus funciones con independencia funcional y de criterio respecto del jerarca y los demás componentes de la administración activa de la organización; por ello, no deberán realizar funciones ni actuaciones de la administración activa, excepto las necesarias para cumplir sus propias funciones. Sus recomendaciones se sustentarán en la normativa interna de cada organización, manuales, reglamentos, criterios legales, técnicos y buenas prácticas administrativas y de control interno que fundamenten su gestión. (Art.13, Ley 9158)


► Normativa legal relacionada con derechos del ciudadano (a) y medios de comunicación.

  • Ley 8346. Ley orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A.
  • Ley 9158. Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios.
  • Reglamento de la Contraloría de Servicios del SINART S.A.
  • Manual de Estilo de los Medios del SINART S.A.
  • Ley 9097. Ley de regulación del derecho de Petición.
  • Ley 8220. Ley de protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos.
  • Ley 8642. Ley General de Telecomunicaciones.
  • Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones.
  • Ley 1758. Ley de Radio (Servicios inalámbricos).
  • Ley 7440. Ley de Espectáculos Públicos, Materiales Audiovisuales e Impresos.
  • Ley nº 5811. Ley de Control de Propaganda.
  • Código de Autorregulación Publicitaria (2010)INPUB.

Lineamientos del SINART para la atención del Derecho de Petición.