Con la entrada en vigor del reglamento ejecutivo a la Ley N° 9786 del 26 de noviembre del 2019 “Ley para combatir la contaminación por plástico y proteger el ambiente”, se establece que los productores, comercializadores y distribuidores de botellas plásticas de un solo uso deben implementar el Plan de Cumplimiento para sus propias botellas u otras similares; esto, en concordancia con recomendaciones técnicas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y con criterios de la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).
Además, deberán entregar declaración jurada a la Dirección de Protección Radiológica y Salud Ambiental del Ministerio de Salud que certifique el proceso de recolección de residuos, la gestión de residuos, datos del gestor o gestores autorizados por el Ministerio de Salud, los tipos de gestión que realiza el gestor y la controles sobre la gestión de residuos.
La firma del reglamento se realizó en hoy en Casa Presidencial, por parte del presidente de la República, Rodrigo Chaves y el ministro de Salud a.i. Dr. Alexei Carrillo. Este reglamento también prohíbe la comercialización y entrega gratuita de pajillas plásticas de un solo uso en todo el territorio nacional, así como la comercialización y entrega gratuita de bolsas de plástico al consumidor final en supermercados.