Días atrás llegó a Trece Noticias una denuncia de un trabajador del Instituto Tecnológico de Costa Rica alertando sobre el incumplimiento del salario mínimo inembargable.

“Se está dando la espalda a derechos tan fundamentales que afortunadamente se han respetado en este Gobierno. La lucha ha sido ardua y difícil. Pero se están comenzando a respetar y recuperar derechos humanos en Costa Rica que se fueron perdiendo. Preocupante que las directrices se tomen a la ligera sin hacer un análisis real en torno al tema durante los últimos 2 años”, indica el mensaje recibido.

Además, adjunta una circular, que fue enviada en diciembre 2022, para empezar a regir en enero del 2023, en donde la entidad señala que el salario mínimo inembargable sería aplicado solamente en deducciones solicitadas posterior a la Ley de Usura, es decir, se mantendrían las rebajas de los compromisos previos a junio del 2020.

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Consultamos al TEC sobre la veracidad de dicho documento, el cual, confirmaron y explicaron, en voz de Hannia Rodríguez, la directora del departamento de gestión de talento humano y Juan Pablo Alcazar, director de la oficina de asesoría legal.

“El Instituto Tecnológico de Costa Rica sigue garantizando y garantiza el salario mínimo inembargable de sus funcionarios, y eso no ha variado, (…) estas personas que hacen esta denuncia anónima, lo que quieren es que nosotros violentemos la ley, la reforma que se aplicó, pretendiendo ignorar un mandato de ley, que dice que tiene que respetarse las condiciones pactadas previas, es un tema de la aplicación de la ley en el tiempo, las que fueron pactadas después de la entrada en vigencia de la ley, tienen las condiciones de la ley de Usura, pero las que fueron pactadas previas tiene que regirse por la condiciones anteriores y eso es lo que estamos haciendo”. explicó Alcazar.

No obstante, a pesar de los argumentos antes señalados y también explicados por la nota institucional, en el Ministerio de Trabajo aseguran que es inadmisible que el salario mínimo inembargable sea alterado, ya que en este caso debe regir los convenios internacionales.

“Desde nuestra posición jurídica es inaplicable la norma transitoria de la ley de usura ante lo dispuesto por los convenios internacionales que son normas superiores a las leyes, incluso se ha dicho que son normas supra constitucionales, entonces no hay cabida a la interpretación que hace el TEC y otras Instituciones”, indica la respuesta del Ministerio de Trabajo a Trece Noticias.

El documento continúa citando que: “ante actuaciones como las citadas en el TEC, lo que corresponde es poner la denuncia en la Inspección de Trabajo para que ellos visten el centro de trabajo, hagan la prevención respectiva y en caso de incumplimiento procedan a elevar la denuncia en los Tribunales de Justicia por infracciones a las leyes de trabajo, será  En esa sede donde el Juez impone la multa económica que corresponde”.

Además, la oficina de prensa del MTSS adjunto: Criterio Técnico Sobre Salario Mínimo Inembargable, referencia: PR-DSV-417-2022, el cual fue emitido el pasado 17 de agosto de 2022, y fue el mismo que sirvió para resolver el conflicto en la CCSS sobre el tema.

En el TEC señalan que a nivel interno no han recibido ninguna queja formal de la directriz, ni tampoco ninguna llamada de atención del Ministerio de Trabajo, incluso se mostraron molestos en que la cartera emitiera criterio sin conocer los argumentos del centro universitario.

“Nosotros no podemos opinar sobre algo que no se nos ha notificado y que no está dentro de nuestro conocimiento, (…) no se nos ha informado de ninguna posible infracción, pero si existe una posible infracción para eso está el procedimiento administrativo dentro del Ministerio de Trabajo, que determine si es cierto o no, pero ese criterio (obtenido por Trece Noticias), permítame decir con mucho respeto, es lamentable porque implicaría un adelanto de criterio por algo que no hemos sido parte y no nos da el derecho a defendernos”, mencionó el director de la oficina de asesoría legal.

Agrega: “me parece poco serio por parte del ministerio, estar emitiendo criterios si supuestamente hay una infracción a la ley de trabajo no hemos notificados, ni hemos sido parte, ni hemos tenido derecho a justificar”.

No obstante, a pesar de defender su posición, afirman que si el Ministerio de Trabajo interviene y decide que la norma emitida no es correcta, harían los arreglos necesarios para cumplir con la disposición nacional.

“Quiero que le quede algo claro, nosotros lo que estamos haciendo es aplicar la Ley de Usura (…), aquí no peca el orgullo, si hubiera que rectificar, pues se rectifica, ya que esta decisión no fue antojadiza”, concluyó el abogado.

Por el momento, seguirán aplicando la directriz, hasta que reciban algún documento oficial relacionado con el salario mínimo embargable.

 

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