La Sala Constitucional falló a favor de Katherine Salazar, una mujer trans que había interpuesto un recurso de amparo para que Migración y Extranjería modificara su género en el pasaporte.
Los magistrados dieron 4 meses a dicha entidad para que realice el cambio de manera que en el documento aparezca femenino.
A inicios de este año, la joven hizo la solicitud del pasaporte y pidió que apareciera su identidad, pero se le negó aduciendo que la información disponible en el sistema era su sexo registrado al nacer.
Ante esto la joven interpuso una denuncia ante la Defensoría de los Habitantes y la acción anta la Sala IV.
“El fallo de la Sala Constitucional es un gran avance para las personas trans y no binarias porque le exige a la Dirección de Migración, adecuar nuestra identidad a un documento tan importante como lo es el pasaporte. A la hora que mi país dignifica mi identidad, permite que en el extranjero no se me exponga a tratos discriminatorio”, comentó Katherine.
Uno de los de los argumentos principales de Salazar para interponer el amparo fue el decreto 41173 emitido por el Ministerio de la Presidencia en el 2018, que establece la obligatoriedad a varias instituciones, entre ellas, Migración Extranjería de adecuar la identidad de género en los documentos de las personas trans.

Consultada al respecto sobre el fallo de la Sala, la excomisionada presidencial LGTBIQ, Margarita Salas, comentó que esto permite que las demás personas trans que así lo deseen, puedan solicitar el cambio de género en su pasaporte argumentando la resolución de los magistrados.
“Para claridad de los funcionarios Migración puede emitir un oficio, un memo, un lineamiento, un reglamento, lo que guste para el procedimiento interno para que esté claro cómo debe proceder la persona funcionaria cuando se acerque una persona trans a solicitar su pasaporte y que este coincida con su identidad de género”, dijo Salas.
Salas añadió que no se requiere mayor cambio, pues lo que hay es una indicación que deja claro que el sistema permite hacer esta adaptación de manera técnica y que corresponde a la legalidad.
Salas agregó que si a la persona trans se le niega la consignación de su género con respecto a su identidad, puede interponer un amparo.

Para la excomisionada y activista de los derechos de la población diversa, la resolución de la Sala contribuye a crear un clima legal para el reconocimiento de género de las personas trans, uno de los principales pendientes del país.
Actualmente el registro civil no realiza el cambio del sexo registrado al nacer, argumentando que se requiere una ley para ello.
Solamente se puede solicitar el cambio de nombre en la cédula, documento donde se eliminó el indicativo de género.
Este medio consultó a la Comisión LGTBI de Migración y Extranjería si se podrían referir al respecto, pero indicaron que no era posible hasta no conocer el fallo integral.