Quienes se sumen al paro convocado por sindicatos del magisterio para este miércoles verán reducidos sus salarios de forma inmediata, así lo afirmó el Ministerio de Educación Pública.
Steven González, viceministro Administrativo de la institución, confirmó que el movimiento convocado para este miércoles es “ilegal” y contradictorio a los planteamientos en la Junta Paritaria celebrada la semana anterior.
Pese al anuncio del MEP de la interrupción del ciclo lectivo, a partir del 24 de mayo y hasta el 12 de julio, los sindicatos del sector insistieron en mantener el llamado a paralizar labores en centros educativos este miércoles.
El MEP afirma que se mantiene durante esta semana el modelo de educación combinada: presencial y a distancia, tal como lo ha realizado desde febrero.
“Todo movimiento que implique que la paralización de labores es considerada una huelga ilegal. A partir del 2020 con la entrada en vigencia de la ley para dar seguridad jurídica a las huelgas, procede la inmediata rebaja salarial, por todo el periodo no trabajado, sin necesidad de esperar una declaratoria de ilegalidad”, explicó González.
Añadió que los servicios de comedores escolares y educación especial se consideran esenciales, por lo tanto la huelga en ellos es totalmente prohibida. Asimismo, fue enfático en que el MEP no negociará la devolución de los montos rebajados y tampoco la no aplicación de sanciones disciplinarias.
La interrupción del curso lectivo pretende ayudar a reducir la movilidad y con esto disminuir las posibilidades de contagio de covid-19 en el país.
Pese a las medidas implementadas, los representantes sindicales alegan que ellos exigían la virtualidad y no la suspensión del curso lectivo, condición que los mueve a mantener la convocatoria de huelga para este miércoles.
Hay que recordar que el 2019 se aprobó la ley en el Código de Trabajo que brinda seguridad jurídica sobre las huelgas. La cual habilitó a los patronos, en este caso al MEP, a suspender el pago de salarios desde el momento en que se inicie la protesta.
González explicó que antes de la reforma al Código de Trabajo obligaba a los patronos a pagar los salarios no trabajados mientras no se declarara la huelga ilegal, – como ocurrió en el 2018 y en movimientos anteriores-, en tanto la nueva legislación no solo autoriza, sino que obliga a deducir en forma inmediata, es decir en la planilla siguiente, el salario correspondiente al tiempo no laborado por cada trabajador, sin necesidad de que exista una declaratoria de huelga ilegal.
La interrupción del curso lectivo se extenderá desde el 24 de mayo y hasta el 9 de julio considerando el período de vacaciones de medio año.