El Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José aclaró este miércoles que no se aceptaron las medidas cautelares contra Célimo Guido y dos personas más, debido a que los argumentos de la fiscalía no cumplieron con los requisitos procesales.
De acuerdo con el Juzgado Penal, la fiscalía alegó dos peligros procesales:
– Peligro de continuidad delictiva, bajo argumentos del llamamiento de los investigados a continuar con los hechos a pesar de la indagatoria.
– Peligro para la víctima aludiendo a que se investigan hechos que afectan a la colectividad de ciudadanos.
El juzgado penal dio por acreditado el indicio de probabilidad, pero rechazó la existencia de esos peligros procesales.
De acuerdo con lo explicado por el juzgado a través de la oficina de prensa del Poder Judicial, en el primero de ellos, la continuidad delictiva se da para una persona con antecedentes penales y que la persona continúa cometiendo delitos y en el segundo supuesto por decir que las víctimas somos todos, eso no cumple el requisito procesal si no se concreta quien o quienes reciben dichas amenazas.
A Celimo Guido, a una mujer de apellido López y otro hombre de apellido Villalobos los investigan por los presuntos delitos de instigación pública y obstrucción de vía, por esos hechos el Ministerio Público había solicitado cinco medidas cautelares.
- Prohibición de concurrir o participar (presencial o virtualmente) en reuniones tendientes a continuar con los delitos investigados.
- Prohibición de visitar (presencial o virtualmente) cualquier punto de obstrucción de la vía pública, punto de encuentro ciudadano o bloqueo, en todo el territorio nacional.
- Prohibición de comunicarse con personas que inciten a los bloqueos o a alzarse públicamente en contra de los funcionarios públicos para obligarlos a adoptar alguna medida, o que ejecuten estas acciones.
- Prohibición de comunicarse con los demás imputados, en su condición de líderes del Movimiento Rescate Nacional, cuando dicha comunicación tenga como objetivo el instigar la ejecución de bloqueos o coordinar su puesta en práctica y/o, el coordinar o ejecutar alzarse en grupos de diez personas o más, en contra de los funcionarios públicos para obligarlos a adoptar alguna medida.
- Prohibición de expresar apoyo a la obstrucción de las vías púbicas o puntos de encuentro ciudadano, instigar o promover su ejecución, al igual que expresar apoyo a alzarse públicamente en contra de los funcionarios públicos para obligarlos a adoptar alguna medida. Así como la prohibición de expresar que se ha asumido la representación del pueblo.